En nuestra Constitución de 1853 se establecía simplemente que todo habitante de la Nación gozaba del derecho de trabajar y ejercer toda industria lícita, de navegar y comerciar (artículo 14), pero no se garantizaba que todos pudieran tener trabajo. Es decir que se instituía el trabajo como derecho individual, no como derecho social. En la reforma de 1949 primero, y luego en la reforma de 1957, se quizo proteger el trabajo como fuente de vida digna para todos sus habitantes.
lunes, junio 25, 2007
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